Uso de la marca ajena para designar productos del titular de la marca – Inditex v. Buongiorno

Buongiorno es un proveedor de servicios de información a través de la red de Internet y telefonía móvil. En 2010, dicho proveedor lanzó una campaña publicitaria para la suscripción de un servicio, de pago, de remisión de contenidos multimedia vía SMS que comercializaba con la denominación «Club Blinko».


Medidas cautelares revocadas o caducadas por omisión del demandante. Admisibilidad de sistemas nacionales que establezcan una responsabilidad objetiva y la facultad del juez de determinar los daños y perjuicios.

El 15 de septiembre de 2017, Gilead y otros ejercitaron ante el Tribunal de lo Mercantil en Finlandia una acción por infracción del Certificado complementario de protección (CCP) objeto del litigio dirigida contra Mylan.


Secretos empresariales – La política de privacidad de la empresa no deviene por sí sola una medida razonable de protección del secreto.

Tres consejeros y altos directivos de la entidad de seguros WILLIS IBERIA CORREDURÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A., descontentos con un proyecto internacional de integración, que finalmente y con posterioridad no pudo llevarse a cabo por impedimento de la autoridad de competencia norteamericana, idearon constituir una nueva correduría de seguros, DEASTERRA PARTNERS S.L.


Contorno de un oso – Marca tridimensional – Carácter distintivo

En febrero de 2009, Tous SL solicitó y registró la siguiente Marca de la Unión Europea para productos, entre otros, en la clase 14, entre otros, joyería. En mayo de 2017, Apart sp. z o.o. presentó una solicitud de declaración de nulidad de la Marca de la Unión Europea registrada, basándose en el art. 51.1 a) del Reglamento 40/94, leído en conjunto con el art. 7.1 a), b), d) y e).


Reunión anual de la AIPF

Cristina Hernández-Martí Pérez fue nombrada durante la Reunión Anual de la AIPF en Boston miembro del Consejo de Administración.  También continuará como Presidenta del Comité de Marcas trabajando con abogados de todo el mundo y organizando contenidos valiosos para los miembros de la AIPF.


Diseño de Bolso Taschen – impresión general diferente

En noviembre de 2014, HALFAR System GmbH solicitó y registró el siguiente diseño comunitario para "bolsas". En julio de 2020, Hotel equipment Schranz GmbH presentó una solicitud de nulidad del diseño comunitario registrado, alegando que carecía de novedad y carácter singular y que, además, consistía exclusivamente en características de apariencia de un producto dictadas únicamente por su función técnica.


Batman – Solicitud de nulidad desestimada – Marca con carácter distintivo

En enero de 2019, Commerciale Italiana Srl, presentó una solicitud de nulidad de la siguiente marca de la UE para productos de las clases 25 y 28, propiedad de DC Comics.


Derechos de autor – Comunicación pública – Emisión de música ambiental en medios de transporte

Caso C-775/21. En marzo de 2019, UCMR - ADA interpuso un recurso ante el Tribunal Regional de Bucarest contra la compañía de transporte aéreo Blue Air, solicitando la remuneración adeudada y sanciones por la comunicación pública de obras musicales a bordo de las aeronaves de Blue Air sin haber obtenido una licencia.


Conguitos – Desestimación de solicitud de nulidad en base al art. 8.5 RMC – Productos totalmente diferentes

En enero de 2012, el Sr. Mariano Esquitino Madrid, presentó una solicitud de registro de la siguiente marca de la UE para productos comprendidos en las clases 3, 14 y 18. En diciembre de 2016, Chocolates Lacasa Internacional, S.A., solicitó ante la EUIPO la nulidad de dicha marca de la unión en base a, entre otras, su marca de la UE denominativa “Conguitos” registrada en clase 30.


‘Rolex’ / ‘Representación de una corona’ – Inexistencia de riesgo de confusión – Productos diferentes y perjuicio no probado en el sentido del art. 8.5 RMC

En noviembre de 2014, PWT A/S obtuvo el registro internacional designando a la UE de la siguiente marca para productos, entre otros, de la clase 25. En junio de 2016, Rolex SA formuló oposición al registro de la marca impugnada, basada en las siguientes marcas anteriores de la UE, para productos de la clase 14, entre otros. La División de Oposición estimó la oposición.


Competencia desleal. Publicación de la sentencia. Presupuestos de la acción.

En este asunto, la demandante y una de las codemandadas se dedican a la producción, distribución y suministro de productos sanitarios destinados a pacientes con determinadas patologías, en tanto que la otra codemandada (una FUNDACIÓN) es una institución de ayuda asistencial a los referidos pacientes.


Diseño. Visibilidad en el uso normal de un producto complejo.

El diseño registrado en la Oficina alemana de Patentes y Marcas tenía como única representación gráfica el dibujo que muestra la parte inferir de un sillín para bicicletas.