Existencia de riesgo de confusión entre “VITABLOCS TriLuxe forte” y “TRILUX”

En fecha 9 de Diciembre de 2015, Vita Zahnfabrik H. Rauter GmbH & Co, KG obtuvo el registro internacional No. 1346271 con designación en la Unión Europea, para la marca denominativa “VITABLOCS TriLuxe forte”.


Ius prohibendi del titular de la marca. Mercancía en depósito franco. Comercialización no autorizada en la Unión Europea. Caso Havaianas

Alpargatas, S.A. es titular de las varias marcas figurativas y mixtas con el elemento denominativo HAVAIANAS para identificar, entre otros productos de la clase 25, vestidos, calzado y sombrerería. Alpargatas Europe, S.L.U. es distribuidora y licenciataria exclusiva de estas marcas en el territorio de Europa, Oriente Medio y África.


Solicitud de marca de la Unión de patrón. Representación de un patrón ornamental. Motivo de denegación absoluto por falta de carácter distintivo.

Neolith solicitó el registro de una marca de la Unión, cuyo signo era un patrón consistente en una serie de figuras romboidales, ovaladas y zigzagueantes, todas en trazos difusos, sin colores ni denominación alguna.


“Nadorcott” Variedad Vegetal Protegida. Prescripción de acciones por infracción.

El Tribunal Supremo español plantea al TJUE una cuestión prejudicial en el contexto de un litigio entre José Cánovas Pardo, S. L. y Club de Variedades Vegetales Protegidas, en relación con la explotación por dicha sociedad de mandarinos de la variedad denominada «Nadorcott» sin el consentimiento de este último.


Patentes. Reivindicaciones. La delimitación del alcance de la protección mediante las reivindicaciones que incluyen el término “producto para”.

Las cuestiones debatidas en el pleito son la alegación por la demandante de existencia de infracción de patente y la nulidad de la misma invocada por la demandada. En síntesis:La demandante Aravén es titular de la Patente Española ES 2621356 (en adelante, ES356), que lleva por título "Carro de la compra", validación en España de la patente europea EP 2974940, concedida por la Oficina Europea de Patentes. La citada patente reivindica  la prioridad  de la patente ES 201330361 de 14 de marzo de…


Marca notoria. Uso descriptivo legítimo del signo ZARA en la promoción de servicios por un tercero mediante entrega de tarjetas regalo para la adquisición de productos en los establecimientos ZARA.

Los hechos que dan lugar a la sentencia son, en síntesis, los siguientes:Boungiorno Myalert ofrecía servicios y descargas de contenidos de entretenimiento a través de sus servicios WAP y servicios SMS para teléfonos móviles y  lanzo una campaña para la suscripción del servicio de remisión de contenidos multimedia vía SMS que comercializaba con la denominación "Club Blinko", en la que "ofrecía, en determinadas páginas web a las que se accedía a través de banner con el signo ZARA insertados en…


Diseño industrial – Falta de carácter singular. JIEYANG DEFA INDUSTRY pierde la batalla contra BARBIE.

El 7 de mayo de 2014, JIEYANG DEFA INDUSTRY CO. LTD, presentó una solicitud de registro de diseño comunitario ante la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO). El diseño comunitario se representa en las siguientes vistas:


El XXI Congreso de ASIPI tuvo lugar del 28 noviembre al 1 de diciembre 2021 en Punta Cana

Cristina Hernandez-Martí Pérez participó como ponente en el panel “Nuevas tendencias en la protección de nombres, imágenes y parecidos (Name, Image and Likeness) junto con Fernanda Magalhaes y Sebastian Lovera.


La marca denominativa Zara no podrá registrarse para productos de alimentación

En marzo del 2010, INDITEX solicita ante la EUIPO el registro como marca da la Unión Europa del signo denominativo ZARA, bajo el que ya no solo quiere comercializar moda, sino que pretende dar el salto a otros artículos relacionados con el mercado de la alimentación.


Uso efectivo de la marca. ¿Bebida a base de café, o bebida energética? MONSTER ENERGY CO

El 3 de noviembre de 2010, MONSTER ENERGY CO., presentó una solicitud de registro de marca de la UE ante la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO), concretamente, el signo denominativo “MONSTER”para los siguientes productos pertenecientes a las clases 30 y 32 del Arreglo de Niza:


Repercusión de la divulgación de dibujos o modelo industriales anteriores y la falta de carácter singular

El 12 de enero de 2007 el Sr. Guasch Pubill solicitó el siguiente registro de un dibujo o modelo comunitario en la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO):


El Tribunal General de la Unión Europea niega al club AC Milan el registro de su marca para productos de papelería

La Associazione Calcio Milan SpA (AC Milan) presentó el 2 de febrero de 2017 ante la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) la siguiente solicitud de registro internacional de marca figurativa: