La Junta de Jueces de los Juzgados Mercantiles de Barcelona, dentro del marco del Protocolo de Estatuto del Tribunal de Primera Intancia de lo Mercantil de Barcelona exponen:

1º EXPONEN

Que los próximos dias Que los próximos días 22 a 25 de febrero de 2016 se celebra en la de Barcelona el Mobile World Congress que es un congreso anual en torno al ámbito de la comunicación móvil , siendo este el mas importante de su sector donde se produce un gran numero de presentaciones mundiales de avances e innovaciones en comunicaciones inalámbricas y móviles ; nuevas aplicaciones móviles y en general software de ultima generación ; nuevos diseños de dispositivos móviles y otros soportes informáticos y de comunicación.

Y ACUERDAN:

Que ante la eventualidad que los conflictos que pudieran existir entre las compañías que participan en este evento, titulares de derechos de propiedad intelectual e industrial así como conflictos en materia de competencia y que den lugar a la solicitud de medidas cautelares y con la finalidad de evitar en lo posible adoptar medidas cautelares sin audiencia de la parte demandada y al mismo tiempo como garantizar la adopción de medidas efectivas para proteger aquellos derechos, los Jueces de lo Mercantil de Barcelona establecen y prorrogan el Protocolo aprobado el pasado año con ocasión del Mobile World Congress, en los siguientes términos:

Dar una tramitación preferente y prioritaria a las medidas cautelares urgentes (con o sin audiencia) que tengan por objeto patente tecnológicas y diseños industriales y cuya presentación esté prevista para el referido Mobile World Congress; así como infracción de marcas y de derechos de propiedad intelectual como actos de competencia desleal y de publicidad ilícita respecto de productos y materias que sean objeto de exposición o exhibición en el mismo.

  • resolver en un plazo de dos días la solicitud de medidas cautelares sin audiencia de la parte demandada, desde su entrada en el juzgado; y un plazo máximo diez días para la resolución de medidas cautelares con señalamiento de vista, desde su entrada en el juzgado, siempre que se haya presentado un escrito preventivo.
  • En el marco de un eventual un conflicto en materia de propiedad industrial o intelectual con otra compañía y ante el temor razonable de ser objeto de una solicitud de medidas cautelares sin audiencia, admitir la presentación escritos preventivos ante los Juzgados de lo Mercantil de Barcelona, con la finalidad de evitar, en la media de lo posible, que se adopten medida cautelares sin audiencia del demandado, lo que permitirá, primero, que pueda exponer sus alegaciones y, segundo, su disponibilidad de comparecer ante el Juzgado de forma inmediata para resolver sobre cualquier petición de medidas cautelares sin audiencia.
  • Para valorar la urgencia a las que se refiere el art. 733 LEC en la adopción de medidas cautelares sin audiencia, salvo que esta pueda comprometer el buen fin de la medida cautelar, será determinante el comportamiento previo de la parte demandante y la rapidez con la que haya reaccionado al conocimiento de la eventual infracción.

2º EXPONEN:

Que aunque el MWC es el evento más relevante, también a lo largo de todo el año, igualmente, se celebran en la ciudad de Barcelona numerosos Congresos y Ferias profesionales en sectores en los que están implicados, directa o indirectamente, derechos de propiedad industrial e intelectual que pueden necesitar de una respuesta judicial de calidad, que los asuntos se resuelvan con eficacia y en plazos razonables,

Y ACUERDAN:

Que a petición de las instituciones públicas y privadas que lo soliciten y siempre con suficiente antelación, los Juzgados Mercantiles de Barcelona se ponen al servicio y disposición de las mismas para adaptar y extender a otros Congresos y Ferias profesionales que se celebren en este año 2016 el mismo Protocolo aprobado para el MWC