Marca de la UE. Procedimiento de oposición: Marcas nacionales figurativas anteriores no registradas. Prueba del contenido del Derecho nacional.

Sentencia del Tribunal General (Sala Cuarta), de 29 de junio de 2016, en el asunto T‑567/14. Group OOD contra EUIPO y Kosta Iliev.


La declaración de nulidad basada en marcas no registradas

La Sentencia del Tribunal General del 29 de junio 2016, en el caso de Universal Protein Supplements Corp v. EUIPO y H Young Holding plc, interpreta la obligación del demandante establecida por la norma 37(b)(ii) del Reglamento (CE) No 2868/95 de la Comisión.


La declaración de nulidad basada en marcas no registradas

La Sentencia del Tribunal General del 29 de junio 2016, en el caso de Universal Protein Supplements Corp v. EUIPO y H Young Holding plc, interpreta la obligación del demandante establecida por la norma 37(b)(ii) del Reglamento (CE) No 2868/95 de la Comisión.


Solicitud pública de representación de accionistas. Fijación de doctrina por el Tribunal Supremo.

La sentencia del Tribunal Supremo de 5 de mayo de 2016 fija doctrina respecto del artículo 107.3 de la LSA, actual 186.3 de la LSC, relativo a la solicitud pública de representación en el caso de sociedades anónimas, al existir jurisprudencia contradictoria respecto de su interpretación.


FORMA ESTÁNDAR DE LOS PRODUCTOS DESIGNADOS

La Sentencia del Tribunal General, del 14 de junio de 2016, en el caso Loops, LLC v. EUIPO, discute el carácter distintivo de la siguiente marca tridimensional:


Real Decreto 224/2016, de 27 de mayo, por el que se desarrolla el régimen jurídico de las obras huérfanas.

Una de las medidas claves para crear un mercado único de la propiedad intelectual y para el desarrollo de una Agenda Digital ha sido el establecimiento de un marco jurídico que facilite la digitalización y divulgación de aquellas obras y otras prestaciones protegidas por derechos de autor o derechos afines, y cuyos titulares de derechos no hayan sido identificados o, si lo han sido, no estén localizados (también conocidas como ‘obras huérfanas’).


Identidad de productos por estar incluidos en los productos de la marca anterior

La Sentencia del Tribunal General de 7 de abril de 2016 resuelve el recurso de la mercantil Industrias Tomás Morcillo, S.L. frente a la resolución de la Sala de Recurso, por la que se rechaza el registro de la marca solicitada


Marca de la Unión Europea. Prueba del uso efectivo de la marca anterior en procedimiento de oposición al registro de una marca.

Sentencia del Tribunal General de 8 de abril de 2.016.  Asunto: T‑638/14 Frinsa del Noroeste, S.A. v Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO).


El carácter distintivo y su adquisición por uso

En la Sentencia de 24 de Febrero de 2016, el Tribunal General examina el carácter distintivo de la marca comunitaria tridimensional solicitada por The Coca-Cola Company y rechazada tanto por el examinador como por la Sala de Recurso de la OAMI, que resuelve el recurso contra la decisión del examinador.


Marca comunitaria. Procedimiento de oposición y motivos de denegación relativos. Aqualogy/Aqualia.

Riesgo de confusión. Artículo 8, apartados 1, letra b), y 5, del Reglamento (CE) nº 207/2009: “Cuando, por ser idéntica o similar a la marca anterior y por ser idénticos o similares los productos o servicios que ambas marcas designan, exista riesgo de confusión por parte del público en el territorio en que esté protegida la marca anterior; el riesgo de confusión incluye el riesgo de asociación con la marca anterior”.


Carácter distintivo de la botella de “Cointreau” registrada como marca tridimensional

La mercantil COINTREAU interpuso demanda por infracción de la marca internacional tridimensional nº 553.499 consistente en una botella con determinadas características para las clases 32 y 33 con efectos en España, contra las mercantiles Vidirerías Masip, S.A., Licores Deva, S.A. y Destilerías La Vallesana, S.A. por fabricar y comercializar sin autorización de COINTREAU un licor que se presenta en un envase esencialmente idéntico al que es objeto de la citada marca. A esta demanda se opusieron…